puede derivar en sanciones por irregularidades
en la contabilidad.
• Podrás calcular fácilmente el impuesto diferido y determinar su naturaleza como activo o pasivo
de forma automática.
• Con el informe final de la herramienta podrás diligenciar fácilmente el formato 2516 de la Dian para el reporte de la conciliación fiscal.
• Podrás ingresar la información detallada a partir de tu software contable, utilizando las cuentas auxiliares de tus partidas. O podrás ingresar los datos totalizados de cada partida sin necesidad de recurrir a las auxiliares.
• Interfaz fluida e intuitiva con opciones que facilitarán tu trabajo.
• El proceso de activación está automatizado, por lo que podrás utilizarla inmediatamente descargues y abras
la herramienta.


Te incluimos el Libro Blanco digital:
Cierre contable y conciliación fiscal, año gravable 2022
La tercera edición de esta publicación viene recargada con 61 anexos en Excel y Word, cuadros comparativos, tips contables y tributarios, normativa relacionada, y un detalle completo sobre:
- Medición inicial y posterior de los hechos económicos.
- Elaboración de estados financieros.
- Impuesto diferido.
- Análisis y planeación financiera.
- Partidas conciliatorias en el formato 2516.
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*Imagen de referencia

Términos y condiciones:
- Para garantizar el correcto funcionamiento de la herramienta deberá utilizarse en versiones de Excel 2013 en adelante
- Así mismo, el equipo en el que se utilice la herramienta deberá contar como mínimo con las siguientes características:
- Procesador: Procesador de doble núcleo de 1 GHz
- RAM: 4 GB como mínimo
- Sistema operativo: Windows 7 en adelante
- Por la compra de Actualícese impuesto diferido tendrás acceso a máximo 2 pantallas de uso (2 equipos) en los que podrás correr la herramienta
- Posterior a la descarga de tu herramienta, deberás realizar la activación de la misma ingresando el número de identificación con que realizaste el pedido.
- Esta herramienta funciona actualmente únicamente en sistema operativo Windows
Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:
«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»
Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario.