100 Contadores preguntan: Reforma Tributaria Ley 2277 del 13 de diciembre de 2022
Respondimos las preguntas más usuales y casos específicos en un espacio virtual
La nueva Ley de reforma tributaria 2277 sancionada el pasado 13 de diciembre, estableció cambios significativos para gran parte de los contribuyentes, así como nuevas obligatoriedades que irán siendo reglamentadas por los organismos y entidades correspondientes a lo largo de este año.
Sabemos que hay muchas inquietudes sobre la manera correcta de afrontar estas nuevas disposiciones, y por eso diseñamos una jornada de preguntas y respuestas de ocho (8) horas en las que nuestro líder de investigación contable y tributaria, el Dr. Diego Guevara, dio respuesta detallada a todas las preguntas y los casos específicos que plantearon los usuarios en vivo el pasado 20 de enero.
Duración
8 horas
¿Cuándo?
20 de enero de 2023*
de 8:00 a.m. a 5:30 p.m
Metodología
Diferido
Incluye
1. Acceso al video en diferido.
2. Listado de preguntas en PDF.
*Fecha sujeta a cambios por Actualícese
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La fecha de disponibilidad es estimada y está sujeta a cambios por Actualícese.
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Los compradores de esta transmisión en vivo accederán únicamente a la visualización de esta
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No incluye opción de preguntar en vivo.
- Una vez finalizada la transmisión quedará grabada en video para que todos los asistentes la puedan ver en diferido. Además, se enviará un documento con la transcripción de las preguntas respondidas y junto a cada pregunta se indicará el minuto del video en que empieza la respuesta brindada.
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En ninguna circunstancia, esta transmisión debe ser considerada como una asesoría, por lo que ni Actualícese ni el Dr. Diego Guevara se hacen responsables de las implicaciones derivadas de la aplicación de las respuestas otorgadas.
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Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:
«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
- En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»
Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario.